PRIMERO: INADMISIBLE la acción por resolución de contrato de compraventa y pago de daños y perjuicios, incoada por el ciudadano EDGAR ENRIQUE BOSCÁN SALAS, contra, la Sociedad Mercantil LATIL AUTO C.A., en la persona de su Director Principal ciudadano PHILIPPE LATIL MILLON.
SEGUNDO: Se revoca en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida
TERCERO: Sin lugar la apelación interpuesta en fecha 17 de abril de 2006, por la abogada HILDA MARÍA CABEZA MORILLO, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante, contra la sentencia definitiva de fecha 04 de abril de 2006, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio seguido por el ciudadano EDGAR ENRIQUE BOSCÁN SALAS, contra, la Sociedad Mercantil LATIL AUTO C.A., en la persona de su Director Principal ciudadano PHILIPPE LATIL MILLON, por resolución de contrato de compraventa, mediante la cual declaró parcialm.....