Por las razones anteriores, este Tribunal Cuarto de Ejecución, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Concede el Beneficio de Redención de la Pena por el Estudio a la penada {......}, titular de la cédula de identidad Nº {......}, por el lapso de TRES (03) MESES, UN (01) DÍA Y OCHO (08) HORAS, que se le restan de la pena que le fue impuesta, computándosele como pena cumplida, todo de conformidad con los Artículos 03, 05 y Primer Aparte del Artículo 06 de la Ley de Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio y 497 del Código Orgánico Procesal Penal. Practíquese Nuevo Cómputo adicionándole la presente redención y Remítase copia al Director del Centro de Reclusión (Instituto Nacional de Orientación Femenina), Notifíquese al Fiscal Penitenciario del Ministerio Público, a la Defensa y a la penada. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Ofíciese.
Ofíciese al Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF) a los fines de.....