este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos para la imposición inmediata de la pena, DAYANNY ALEJANDRA VILLALBA VILLALBA, venezolana, de 25 años de edad, cedula de identidad 18211237, nacida el 30/06/1987, hija de Marlene Villalba, de ocupación secretaria, domiciliada en la avenida Arismendi edificio Abranet frente al parque Guaiquerí, piso 1 apto 14, Cumaná; asistida en el acto por el Defensor Privado abogado CARLOS ZERPA, por el delito de APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal vigente en perjuicio de la POLICLÍNICA SUCRE, representada por los abogados KATTY KABBABEH CARLOS JIMENEZ; a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal, pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente .....