En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: el desistimiento del proceso contentivo del juicio que por cobro de beneficios Laborales, interpuso el ciudadano: ALEXIS PEÑARANDA COLMENARES, titular de la cedula de identidad Nº 11.503.280, en contra de la sociedad mercantil VENEZOLANA DE COBERTURAS , C.A. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante, ciudadano ALEXIS PEÑARANDA COLMENARES,, conforme a lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por devengar menos de TRES (03) salarios mínimos, excluido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del mismo texto adjetivo laboral.