Se DECLARÓ: CON LUGAR LA DEMANDA DE COBRO DE BOLIVARES, presentada por el ciudadano ANGEL RAFAEL PEREZ LOYO, contra las ciudadanas MARTINA DEL CARMEN PEREZ HERNANDEZ y ERIKA MARIA HERNANDEZ PEREZ, identificadas en la narrativa del fallo, en consecuencia se condena a la parte perdidosa a pagar lo siguiente:
PRIMERO: A pagar la cantidad de NOVECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (950.000,00 BS) por concepto de deuda a que se refiere la letra de cambio.
SEGUNDO: A pagar la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 237.500,00), calculadas prudencialmente en un veinticinco por ciento (25%) por concepto de honorarios profesionales.
TERCERO: A pagar la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (7.916,67 BS), por conceptos de intereses de mora por la letra de cambio vencida y no pagada desde la fecha de su vencimiento el 02/03/2015, hasta el día 02/05/2015, calculados a la rata del 5% anual.
CUARTO: A pagar la cantidad de CIE.....