Conforme a lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, se declaró CON LUGAR y a favor de Mardonio López, la solicitud de Título Supletorio de Propiedad, sobre una bienchuría, ubicada en la prolongacion calle Bolivar de Irapa, alinderada por el Norte: propiedad que es o fue de Jaime Zalasar, Sur: propiedad que es o fue de Yolanda Rojas; Este: prolongación Calle Bolivar, Irapa y Oeste: propiedad que es o fue de German Ruiz.