Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Juzgado de Sustanciación en cumplimiento de la decisión dictada por la CSCA, la cual se declaró COMPETENTE y ORDENÓ ALJuzg. de Sust. revisar la causal relativa a la caducidad de la demanda, este Juzgado ADMITIÓ la aludida demanda; ORDENÓ notificar a FGR, SUDEBAN, MINISTRO DEL P.P. de ECONOMÍA y FINANZAS, y a la PGR; INSTÓ a la parte demandante, consigne los fotostatos requeridos para practicar las notificaciones ordenadas así como para abrir el CS; ORDENÓ la apertura de un cuaderno separado; ORDENÓ solicitar a SUDEBAN los AA; y, ORDENÓ remitir el expediente a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, una vez consten en autos las notificaciones ordenadas, a fin que se fije la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la LOJCA.