Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA Con Lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor de los imputados JONATHAN DAVID RODULFO LOPEZ venezolano, Natural de Rió Caribe Municipio Arismendi, de 31 años de edad, nacido en fecha 01-06-1982, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-15.787.980, de profesión u oficio Taxista, hijo de Domingo Rodolfo y Dominga López, y residenciado en: en la Llanada de Rió Caribe, calle principal, en la invasión, cerca de la estación de servicio de puerto santo, Municipio Arismendi, Estado Sucre y DEGLYS RAFAEL VASQUEZ MATA, venezolano, Natural de Margarita, Estado Nueva Esparta, de 44 años de edad, nacido en fecha 04-12-1969, de estado civil soltero, titular de la cédula d.....