Sobre la base de los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la parte actora
ciudadano TERENZIO JOSE MONTICELLI CAFFRONI, antes identificado, en el juicio por nulidad e idemnización de daños y perjuicios, interpuesto contra SUCESION JOSE CAFFRONI ARIAS, (RIF) N° 30953684-2, CARMEN ELODIA TORRES DE CAFFRONI (RIF) 40099657-0 y JOSE RAFAEL CAFFRONI TORRES (RIF) 040141109-6. Se tiene con autoridad de COSA JUZGADA, se da por terminado el juicio.