Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho:
1. PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO (MUTUO CONSENTIMIENTO) incoada por ciudadanos MARISOL ARTEAGA DE VICCA y BRUNO VICCA GAGLIONE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.092.091 y V-7.127.113, respectivamente, debidamente asistidos por la abogado GLADYS TAM DE PINTO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 14.870, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que unía contraído por ante la Oficina de la Parroquia San José, Municipio Valencia, Estado Carabobo.
2. SEGUNDO: Se acuerda librar los oficios correspondientes, una vez se encuentre defini.....