Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena que el adolescente (identidad omitida), cumpla con las siguientes sanciones:
- Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de un (01) año, de conformidad con lo establecido en el articulo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual consiste en el cumplimiento por parte del adolescente de las siguientes obligaciónes:
Residir en un lugar determinado y cualquier cambio de residencia deberá participarlo al tribunal.
Prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicas, así como bebidas alcohólicas.
No salir de su lugar de residencia después de las 10:00 pm, salvo que se encuentre acompañado de su progenitora en circunstancias especiales.
Prohibición de asistir a lugares donde expendan bebidas alcohólicas, y se practiquen juegos y apuestas.
Someterse al cuidad.....