DISPOSITIVA:
En merito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:
PRIMERO: Niega por IMPROCEDENTE el otorgamiento de la libertad al acusado MELENDEZ CRESPO CESAR DAVID.-
SEGUNDO: Acuerda ratificar el contenido del oficio nro. 4002 de fecha 07 de Mayo de 2007 a la Oficina de Participación Ciudadana del Estado Lara a fin de garantizar el debido proceso de los acusados, así como remitir copia del mismo a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a objeto de informar de dicha situación.
TERCERO: Todo de conformidad con los artículos 26, 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Notifíquese a la Defensa Pública con copia de la decisión, al Ministerio Público, al acusado y a las víctimas.- Regístrese, publíquese, cúmplase.-
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