PRIMERA:LA EMPRESA ha realizado adelanto de prestaciones sociales, por lo que la Demanda, interpuesta por ante este despacho; con base a lo anterior tiene derecho a los siguientes conceptos: PAGO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.SEGUNDA: "LA EMPRESA" paga en este acto a "EL TRABAJADOR", los cuales declara recibir a su entera satisfacción en este acto.
TERCERA: Las partes convienen en que la presente transacción tiene por objeto la determinación de los beneficios que le corresponden a "EL TRABAJADOR", por causa de la terminación de la relación laboral, aquí convenida, ponerle fin a cualquier diferencia que pudiera haber entre ellas en la determinación de dichos beneficios o en el pago de cualquier otro que le hubiere correspondido durante el curso de su relación laboral y dejar constancia de que "LA EMPRESA" nada adeuda a "EL TRABAJADOR" por este ni por ningún otro concepto, de manera que comprende todas y cada una de las obligaciones que hubiera podi.....