DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley: ACUERDA: PRIMERO: Homologar Acuerdo Conciliatorio celebrado entre las partes el día de hoy al tenor de lo establecido en el Artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Suspendiendo el Proceso a Prueba por el lapso de Seis (06) meses. El Juez le informa a los adolescente imputado Consecuencias Jurídicas del incumplimiento de la condición impuesta SEGUNDO: Se impone a los adolescentes imputados IDENTIDAD OMITIDA (ART 545 LOPNNA) Y IDENTIDAD OMITIDA (ART 545 LOPNNA) al cumplimiento de la siguiente condición: La Obligación de Continuar con trabajando y la Prohibición de Acercarse a las Victima o agredirla física o verbalmente y a su entorno familiar, a .....