En fuerza de los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite la acción de amparo constitucional incoada por el abogado JOSE ANGEL REYES SALAS, en su cualidad de Defensor del ciudadano FRANK REINALDO REYES ALBRIZU, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-19.196.953 en el asunto principal N° GP11-P-2017-00229, en contra del Juez JOSE ANTONIO HERNANDEZ quien preside el Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo extensión Puerto Cabello, de conformidad con lo previsto en el artículo 26 y 27, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concatenada con los artículos 18, 38, 39, 40 y 41 de la Ley Orgánica de Ampar.....