En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos: LARRY JESUS LA RIVA VIRGUEZ Y MERVIN JOSE MASTRANGELO MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 3.834.669 y 12.021.799, respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos DILCIA DOLORES DELGADO DE CASTILLO, KARLA COROMOTO CASTILLO DELGADO, MARIA TERESA CASTILLO DELGADO, CARLOS AUGUSTO CASTILLO DELGADO Y MARIA AUXILIADORA CASTILL.....