En el día de hoy, 14-07-2005, siendo las 11:00 p.m. se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; a señalamiento de la Abogada: FANNY MORENO, I.P.S.A. 61.210, específicamente en la sede del Instituto Puerto Autónomo de Puerto Cabello (I.P.A.P.C.) del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo; a los fines de practicar Medida de EMBARGO PREVENTIVO, acordada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; en el Juicio que por Cobro de Bolívares (Intimacion) sigue la Abogada: FANNY MORENO, Apoderada Judicial del Instituto Puerto Autónomo de Puerto Cabello del Estado Carabobo (I.P.A.P.C), contra la Asociación Civil STELLA MARIS de Puerto Cabello. Se designa Depositaria Judicial y Perito Avaluador, al ciudadano: HUMBERTO CASTRO, C.I.: 12.423.420.....