Se declara inadmisible el recurso intentado por el ciudadano José Eugenio Castillo, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-5.961.626, de este domicilio, mediante su apoderado judicial José Agustín Ibarra, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.961.626, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 56.464 y con domicilio procesal en el Edificio Estrados, piso 1, oficinas 11 y 12, ubicado en la carrera 16 entre calles 26 y 27 de la ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, en contra del Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, representado en esta causa por el Síndico Procurador del Municipio Iribarren del Estado Lara, y su apoderada sustituta, abogada Alba Torrealba, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-7.464.364, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 38.575, de este domicilio, ello en virtud de no haber acreditado el agotamiento del .....