Por cuanto no ha habido Oposición este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 936 en concordancia con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: CARMEN ROSA PEREZ, ANA DEL CARMEN ORELLANA PEREZ, ALFREDO ENRIQUE ORELLANA PEREZ, ARISTIDES ANTONIO ORELLANA PEREZ, CARMEN RAMONA ORELLANA PEREZ, RICHARD ANTONIO ORELLANA PEREZ y YOLMAN ANTONIO ORELLANA PEREZ la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: NEMESIO ANTONIO ORELLANA, vocación hereditaria que le viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 825 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse est.....