En razón de los anteriores razonamientos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Pedro Lara Hurtado, en su carácter de apoderado de los ciudadanos JERVIS JOSE SANCHEZ FUENTES y JOSE LUIS SANCHEZ FUENTES, contra el auto interlocutorio de fecha 12 de mayo de 2006, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual, negó la medida de secuestro sobre el bien (casa-terreno) solicitada por los apelantes, con motivo del juicio que por acción reivindicatoria incoada por éstos contra los ciudadanos ANGEL ANTONIO SANCHEZ e IRAMA de SANCHEZ.
SEGUNDO: Se niega la medida de secuestro de una parcela de terreno situada en la calle Josefa Camejo, Punta Cardón, munic.....