Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se condena al ciudadano SAUL DAVID UNDA CUELLO, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.264.493 (no porta), Barquisimetano, nacido el 11.05.75, de 32 años de edad, Venezolano, casado, comerciante, hijo de Saúl Unda y Luisa Mercedes Cuello, residenciado Calle 20 carrera 17 y 18, edificio Alberto, segundo piso, apto 1. Barquisimeto del Estado Lara. A sufrir la pena de Dos (02) años de prisión, mas las accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal. Por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Est.....