Por todo lo anterior expuesto, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa en Funciones de Ejecución Sección Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA; LA CESACIÓN DE LAS MEDIDAS de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, impuesta al joven sancionado (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), por haberse cumplido las mismas en el lapso establecido por este Tribunal. Se decreta la libertad plena en la presente causa. Se acuerda notificar a la víctima de la presente decisión.-
En Guanare, a los catorce (14) días del mes de Agosto del año 2008.
La Jueza de Ejecución
Abg. Julet Coromoto Valera Carrillo
La Secretaria,
Abg. Gladys Álvarez Armas