DISPOSITIVA:
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: NIEGA POR IMPROCEDENTE la REVISION DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD A LA IMPUTADA: YNGRID KIMBERLY GUERRERO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad nro. 18.354.286.
SEGUNDO: Acuerda oficiar al Servicio de Medicatura Forense, a los fines de que se sirva remitir los resultados al respecto, así como informe pormenorizado del estado de salud de la imputada y desarrollo del embarazo.
TERCERO: Todo conforme al contenido de los artículos 250 Y 264 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Notifíquese a las Partes.- Líbrese los correspondientes oficios.- Regístrese, Publíquese.- Cúmplase.-