Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada en la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos Luis Antonio Contreras Hernández y Johnny José Colmenarez Rodríguez, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.399.776 y 10.846.536, respectivamente, actuando en su condición de Legisladores del CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO LARA, y "en ejercicio de las atribuciones consagradas a los consejeros integrantes del Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas del Estado Lara", asistidos por el abogado Domingo Mejías Pernalete, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 35.134, contra el acto administrativo contenido en el Decreto Nº 05116, publicado en la.....