Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, conforme a lo previsto en los artículos 242 Numeral 3º y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado ABELIO GEREMIA GUERRA HERNANDEZ, consistente en presentaciones cada treinta (30) días hasta que el Tribunal de Ejecución ejecute la presente sentencia y decida lo conducente.-CONDENA al acusado JORGE LUIS BOMPART LATHULERIO, venezolano, natural de Guiria, de 19 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 26.294.941, estudiante, nacido en fecha 25-10-1996, hijo de los ciudadanos Loly del Valle Lathulerio y José Miguel Bompart y residenciado en la calle el Calvario, sector las salinas, casa sin numero, cerca de la plaza de la salina, Guiria, Municipio Valdez, estado sucre, a cumplir una pena de CUATRO (04) AÑOS, DE PRISION, mas las accesorias de ley por la comisión del delito de TRAFICO IL.....