Por las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL interpuesta por el ciudadano JOSE RICARDO PEREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.937.744, domiciliado en el caserío Los Aranguez, Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del Estado Lara, representado judicialmente por los abogados MARIA DEL CARMEN ALVAREZ de ZAMBRANO y FRANCISCO ZAMBRANO GOMEZ, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 55.167 y 31.741, respectivamente, contra el ciudadano YEENI HARRIZON PIÑA VERDE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.636.805. SEGUNDO: SE ORDENA HACER ENTREGA a favor del ciudadano JOSE RICARDO PEREZ RODRIGUEZ, anteriormente identificado, un (01) inm.....