este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: HUMBERTO DAVID QUIJADA BRITO, quien es Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nª 9.456.691, de 41 años de edad, soltero, de profesión u oficio: Comerciante, nacido en: 27-03-1966 y residenciado en: Urb Villa Jardín, Calle Nª 03, Frente al antiguo Mercal, Municipio Bermúdez, Carúpano, Estado Sucre, por su presunta participación en la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a Vivir una Vida Libre de Violencia, en perjuicio del OLIVIA DEL CARMEN ROSILLO. Se deja constancia que se prescindió de emitir el pronunciamiento de la solicitud fiscal en Audiencia Oral (debatir los fundamentos de la solicitud fiscal), por cua.....