Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA; en consecuencia, y previo ajuste efectuado por este Tribunal de los conceptos reclamados, se condena a las demandadas CASA PARIS S.A. y AUTOMERCADO EL PATIO SANTA SOFIA C.A., a pagar la cantidad de BOLIVARES VEINTE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA YTRES MIL QUINIENTOS DIEZ CON TREINTA Y UN CENTIMOS (Bs. 20.263.510,31)