Con fundamento a lo expuesto anteriormente, este juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquin de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: Con lugar la demanda que por Desalojo interpusiera Karina Ilemar Alvarado, a través de abogado, contra Eurleni Díaz de Jiménez. SEGUNDO: Se condena al demandado a entregar el inmueble objeto del presente juicio, completamente desocupado de personas, animales y cosas, solvente de todos los servicios público o privados que se presten al mismo. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida conforme a lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de lo9s Municipios Guacara y San Joaquin de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo,.....