Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda intentada por la ciudadana VILMA COROMOTO PEREZ DE SOLARTE, representada por sus apoderados judiciales Abg. MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO y JOSE ANTONIO ANZOLA CRESPO, inscritos en el IPSA bajos los Nros. 31.267 y 29.566, respectivamente contra la ciudadana GLORIA MALDONADO DE CAÑON, representada por sus Apoderadas Judiciales MARITZA E. HERRERA y LUZ BOLIVIA BADILLO YEPEZ, respectivamente, todos plenamente identificados en autos.----------------------
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil vigente.----------------------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.----------------------------------------.....