PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de hecho ¬interpuesto en fecha 23 de septiembre de 2008, por el abogada ROGER ROJO PAREDES, quien actúa con el carácter de coapoderado judicial de la ciudadana LORENA VIRGINIA PEÑA CARABALLO, contra la providencia de fecha 14 de agosto de 2008, mediante la cual el JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, declaró inadmisible el recurso de apelación intentado por los hoy recurrentes, contra la decisión de fecha 25 de julio de 2008, en el procedimiento de entrega material seguido por la abogada ROSA MARY LÓPEZ, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MANUEL JOSÉ RAMOS MARTÍNEZ, contra el ciudadano FREDY HERNÁN SANTIAGO OSUNA.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, y con base en las consideraciones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia, se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la mencionada decisión de fecha 14 de agosto de.....