Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado  Cuadragésimo    Quinto (45º) de  Primera Instancia de Sustanciación,  Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA  CON LUGAR LA  ACCIÓN INTENTADA  por la ciudadana VICTORIA MAGALY  LOPEZ  DE  RODRIGUEZ , venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nº V-10.487.894., contra la empresa PANADERIA, PASTELERIA Y  CHARCUTERIA  MAZAPN I, CA ", por concepto de cobro de prestaciones sociales, condenándose a la demandada  a cancelar la cantidad de CUATRO MIL CUATRO  CIENTO CINCUENTA  Y  SIETE BOLIVARES CON CINCUENTA  CENTIMOS (Bs. 4.457,50  ) mas lo que resulte por el concepto de intereses sobre prestaciones sociales, mora e indexación judicial o corrección monetaria, para lo cual se ordena realizar una experticia complementaria del fallo de co.....