Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del niño, niña y adolescentes y Bancario, Del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha nueve (09) de Julio de 2013, por el Abogado en ejercicio PEDRO CORONADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 133.136, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL GUAQUERÍ GYM, C.A., contra la decisión dictada en fecha veintiuno (21) de Mayo de 2013, por el Juzgado de los Municipios, Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, que declaro con lugar la demanda que presentara la ciudadana KARINA ABREU RODRIGUEZ, contra GUAIQUERI GYM, C.A, por la pretensión de desalojo del inmueble constituido po.....