II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL comprendido en el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES DI SISTO, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el N° 5, Tomo 13-A, de fecha 19 de mayo de 1994 y en consecuencia, queda firme la decisión dictada el 11 de octubre de 2000 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; que declaró con lugar la demanda y sin lugar la reconvención.
No hay condena en costas procesales dada la naturaleza de la presente decisión.
Se ordena remitir el.....