Por las consideraciones precedentes, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensora Publica Penal abogada MARYSELLE GUTIERREZ , en su carácter de defensora del acusado ELIAS DANNIEL OCANTO LEON, contra la decisión dictada en fecha 12 de Junio de 2007, por el Juez N° 1 del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual NEGO la solicitud formulada por la defensa de grabación del juicio oral y público.