En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada apelación ejercida por RAFAEL ALVAREZ ALMAO en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en consecuencia,
2. SE CONFIRMA la sentencia dictada por el JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, el que declara SIN LUGAR la DEMANDA POR RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO intentada por el ciudadano RAFAEL ALVAREZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.863.656 y de este domicilio, representado por el abogado RAFAEL ALVAREZ SUAREZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 71.592, en contra los ciudadanos COLOMBO YANEZ, LEONALDY YANEZ, CESAR.....