En base a las anteriores observaciones y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 646 y 647 de la Ley Especial. Este tribunal de Ejecución Administrando Justicia en Nonbre de la Republca Bolivariana y por Autoridad de la Ley Acuerda: Sustituir la medida de privacion de libertad que actualmente cumple el sancionado Omissis, por la de libertad asistida por el lapso que le queda por cumplir que seria un año y nueve meses , que vencen el14-09-2006, Debiendo asistir a las evaluaciones psicologicas y social al equipo tecnico adscrito a la seccion de adolescente quienes debera informar a este tribunal el resultado de las mismas trimestralmente . y en virtud de que se encuetra recluido en el internado Judicial de Esta Ciudad se acuerda su inmediata libertad .