este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA a MARKINSON EFREN SANABRIA, plenamente identificado en Autos, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE COMPLICIDAD, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 455 EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 84, ORDINAL 3º DEL CÓDIGO PENAL. Igualmente se le condena al pago de las penas accesorias de ley, previstas en el artículo 13 del Código Penal. No se abre el periodo de recepción de las pruebas, por cuanto el Acusado manifestó su voluntad de Admitir los Hechos, y el Tribunal le impuso la pena correspondiente. Se mantiene la Medida Cautelar decretada,
Regístrese, déjese copia y remítase al Tribunal de Ejecución en su oportunida, Dada firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en Valencia, a los catorce (14) días .....