Este Tribunal HOMOLOGA dicho Desistimiento del Procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Igualmente como lo solicita este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia devuélvase los originales insertos en el presente expediente y en su lugar déjese copia fotostática certificada de la misma. Para lo cual se comisiona a la ciudadana, Elizabeth Díaz, titular de la cédula de identidad Nro.11.469.558, asistente Judicial, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.