TERCERO: Se impone Medida privativa libertad contenida en el artículo 250 al ciudadano CAMACARO COLMENAREZ WILMER GREGORIO, Titular de la Cedula de Identidad Nº 12.020.073, por cuanto se evidencia que el mencionado ciudadano está gozando de dos medidas cautelares sustitutivas en los asuntos 2000 P09-2298 en el tribunal de control nº 9 y P04-414 en el tribunal de juicio nº 5, todo esto basado en el articulo 256 en su ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de ULTRAJE SIMPLE Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 222 y 218 del código penal, los cuales no están evidentemente prescritos y ameritan pena privativa de libertad, de autos se desprenden suficientes elementos de convicción para presumir fundadamente que el mismo ha sido autos de los hechos que se le atribuyen, ya que contamos con un acta policial y la entrevista tomada a dos testigos las cuales son coincidentes, por último, la conducta del imputado en otros proceso.....