Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA la prescindencia de los Jueces Escabinos a los efectos del Juzgamiento del ciudadano CÉSAR ORLANDO MOSQUERA RIERA, titular de la cédula de identidad Nº 19.921.676, por el delitos de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE DROGAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE CÓMPLICE NECESARIO, y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en los artículos 406 en concordancia con el artículo 84 numeral 3, y artículo 174 primer aparte, respectivamente, del Código Penal; garantizándose la vigencia de una justicia expedita, sin dilaciones indebidas que permita a las partes ser oídos dentro de un plazo ra.....