III
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la adhesión a la apelación formulada por mediante diligencia de fecha 05 de diciembre de 2011, por el abogado Alfredo Daniel Pérez Sandoval, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 158.768, quien actúa en su condición de apoderado judicial del ciudadano ORLANDO RAMÓN ACACIO MARIÑO, titular de la cédula de identidad Nº 7.382.877.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, a los catorce (14) días del mes de diciembre del año dos mil once (2011). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federaci.....