Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de Diferencia de Prestaciones sociales y Otros Conceptos Laborales, intentara la ciudadana GUSMARY ALEJANDRA LIMA YEPEZ en contra de la empresa ARQUITECO, C.A.; identificados en autos, en consecuencia, se ordena a la demandada a cancelar la cantidad de Cuarenta y Cuatro Mil Quinientos Cincuenta y Dos Bolívares con Treinta y Tres Céntimos (Bs. 44.552,33), por los conceptos y montos discriminados en la parte motiva de esta sentencia.