V
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano HÉCTOR ORLANDO YEDRA ALMAO, titular de la cédula de identidad N° 20.671.607, asistido por el abogado Cristóbal Rondón inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.267, contra la DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.
TERCERO: Se mantiene firme y con todos los efectos jurídicos el acto administrativo contenido en el Acto Administrativo dictado en fecha 23 de septiembre de 2013 cursante en el Expediente N° CPEL-OCAP-126-13.