Con base a los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turén, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos YUSMERY YOLANDA NELO FALCON Y DARWIN ANTONIO HERNANDEZ GARCIA, plenamente identificados, y en consecuencia, bajo la premisa del artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los prenombrados ciudadanos ante tribunal segundo del municipio ordinario y ejecutor de medidas de los municipios Turen, santa Rosalía y Esteller de la circunscripción judicial del estado portuguesa en fecha 30 de Enero de 2009, según acta de matrimonio N° 59.
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