este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículos 75 Primer Aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 26 y 394 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, Se Declara CON LUGAR, la acción de Colocación Familiar, planteada por la ciudadana MARIA DEMETRIA APONTE, en beneficio de la adolescente Identidad Omitida (De Conformidad Con El Articulo 65 De La Ley Orgánica Para La Protección Del Niño Y Del Adolescente), siendo cumplida en familia sustituta, específicamente en el hogar de la ciudadana MARLIN LILIBETH BRICEÑO APONTE, ubicado en la avenida Fuerzas Armadas entre calles 50 y 51, casa número 50-71, Barquisimeto, Estado Lara, y en consecuencia se le otorgan los atributos de la Guarda y con ellos la facultad de poder representarla en cualquier escenario en que sea necesario hacerlo, así co.....