En mérito de lo anterior, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del estado Mérida en funciones de Ejecución N° 03, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en uso de las facultades conferidas en los artículos 479, 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal ejecuta la pena (principal y accesorias) contenidas en la sentencia condenatoria dictada en la presente causa, en contra de los ciudadanos Yonfre René Suescum Hernández y Enrique Alberto Cáceres. De igual forma actualiza el cómputo de la pena cumplida por los referidos sentenciados, en atención de lo cual establece las oportunidades en las que pueden optar a las medidas alternas de cumplimiento de pena.
Así se decide, cúmplase y notifíquese al Ministerio Público, a la Defensa y a los penados sobre el contenido de este auto. Remítase con oficio copia certificada de la presente decisión a la Dirección del Centro Penitenciario de la Región Andina, para lo cual se acuerda certificar .....