Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE SOBREVENIDAMENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar, por los abogados JOSÉ RAFAEL PRADO BRICEÑO y JUAN MANUEL ROSAS SOSA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.802.012 y V- 3.405.608, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 11.932 y 12.194, respectivamente, en su carácter apoderados judiciales de la empresa MENSAJEROS RADIO WORLDWIDE C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital del Estado Miranda, en fecha 13 de julio de 1998, bajo el N° 10, Tomo 19-A Sgdo, siendo su última reforma de fecha 12 de julio de 1999, bajo el N° 70, Tomo 8- A Sgdo, del 20 de julio de ese mismo año, asistido p.....