Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN CORO, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR CESE DE LAS MEDIDAS DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, interpuesta por la abogada LOURDES LÓPEZ a favor de su defendido ROYLY JAVIER YANCE , portador de la cédula de identidad Nº V-20682508, , estado civil soltero, de profesión u oficio trabajo en el mercado vendiendo frutas, residenciado en la calle Sur con avenida sucre, de esta ciudad de Coro, estado Falcón, actualmente recluido en el Internado Judicial del estado Anzoátegui y aplicable extensivamente al ciudadano EBER JESÚS MOLINA POLANCO, portador de la cédula de identidad Nº V- 24621608, estado civil soltero, de profesión u oficio trabaja en tienda Nicanor Ochoa, residenciado en la el sector Concordia, calle Agustín García entre Duvisi y avenida los medanos, casa .....