este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara HA LUGAR EN DERECHO la PRESUNCIÓN DE AUSENCIA propuesta por la ciudadana LINDA JACQUELINE SUAREZ DE GONZALE.
En consecuencia, se presume ausente al ciudadano LUIS ANTONIO SUAREZ.